Continuación de Pequeños refugios: DIME, de Isidro Luna.
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viernes, 22 de mayo de 2015
AGAMBEN, ESTADO DE EXCEPCIÓN
Estado de excepción, Homo sacer II,
1, (2003)
Este tomo que continúa el proyecto Homo Sacer, amplía la noción de estado de
excepción, que caracterizaría la vida política y la de los estados en la
actualidad, especialmente en su forma de gobierno.
Estado de excepción se propone estudiar “…esta
tierra de nadie entre el derecho público y el hecho político, y entre el orden
jurídico y la vida”, para desembocar en una comprensión de lo que “significa
actuar políticamente.” (Agamben, Estado de excepción.
Homo sacer II, 1 2004, 10)
La primera y central afirmación es que el
estado de excepción se ha ido convirtiendo en la regla, en lo normal, porque se
ha dado paso a la “creación deliberada de un estado de excepción permanente”,
que se está convirtiendo en “una de las prácticas esenciales de los Estados
contemporáneos, incluidos los denominados democráticos.” (Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004,
11)
Con esto, la democracia en manos de los estados
actuales borra los límites entre el estado de derecho y el totalitarismo,
permitiendo el libre paso del uno al otro, como es el caso que cita Agamben del
Usa Patriot Act que, a pretexto del
terrorismo, se puso a sí mismo fuera de la legalidad autorizada por esa
legalidad que negaba. Otro ejemplo típico se encuentra en el presidencialismo,
que lleva al ejecutivo a su “progresiva expansión” como “técnica de gobierno”
intrínseca a los regímenes actuales. (Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004, 17)
Frente a esto se levanta el derecho a la
resistencia, que quiere combatir ese secuestro de los poderes por parte de uno
solo, el ejecutivo. Sin embargo, incluso en las constituciones que aceptan este
derecho, se crea inmediatamente el conflicto entre la técnica del gobierno que
quiere regular la resistencia social hasta anularla en trampas legales o la
resistencia que constantemente se ve obligada a ir más allá de ese orden jurídico
que en la norma le autoriza a “resistir” y en los hechos y reglamentaciones, la
impide.
Por estas dos dinámicas el estado de excepción
entra en esa zona de indiferencia, de indistinción, en donde se autoriza a
suspender la ley desde la ley o la acción simplemente rebasa el marco legal,
que ya no puede contener, tanto de parte del gobierno como de la resistencia.
Se crea una zona de indecidibilidad en virtud
del cual el derecho se suspende y se anula en el hecho. Lo esencial es, en cada
caso, la producción de un umbral de indecidibilidad
en que factum y ius se difuminan uno en otro.” (Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004, 46)
Zona de indecidibilidad que penetra por todos
los poros de la sociedad y contamina sus ámbitos; así se convierte en el modelo
de ejercicio de poder, de cualquier tipo de poder, en la esfera de lo público o
de lo privado, en el juego constante entre hecho y ley. Hecho que rebasa la ley
y ley que tiende a adecuarse al hecho, para incorporar lo excluido.
Ambigüedad permanente del que por una parte
requiere de afirmar su pertenencia al estado de derecho pero que, por otra
parte, el ejercicio del poder le lleva constantemente fuera de la ley: “Estar fuera y no obstante, pertenecer:
esta es la estructura topológica del estado de excepción, y solo porque el
soberano que decide sobre la excepción, está en verdad definido en su propio
ser por esta, puede ser también definido por el oxímoron ajenidad-pertenencia.” (Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004, 55)
Dinámica que conduce a la tensión irresuelta e
irresoluble entre la potestas, aquello
que se puede hacer dentro del marco institucional, dentro de la norma, y la auctoritas que se coloca a sí misma por
fuera de la ley, precisamente para poder ejercer la autoridad que está limitada
por la potestas:
“El sistema jurídico
de Occidente se presenta como una estructura dual, formada por dos elementos
heterogéneos y, sin embargo, coordinados: uno normativo y jurídico en sentido
estricto, que aquí podemos inscribir por comodidad bajo la rúbrica de potestas- y otro anómico y metajurídico,
que puede ser denominado auctoritas.”
(Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004, 124)
Agamben muestra como ambos momentos pertenecen
por entero a la soberanía en Occidente, al modo en que el poder está
estructurado; si bien se pueden ver como opuestos, sin embargo se necesitan una
a otro. La potestad para poder aplicarse, para gobernar efectivamente; y la
autoridad que apela a la detención temporal de la potestad: “El elemento
normativo tiene necesidad del anómico para poderse aplicar, pero, por otra
parte, la auctoritas solo puede
afirmarse en una relación de validación o de suspensión de la potestas.” (Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004,
125)
Nuevamente, como hemos visto antes, se crea ese
espacio de indecidibilidad, ese espacio de indiferenciación entre dos
estructuras y procesos soberanos y del poder, en donde no sabemos si estamos
bajo aquello que está autorizado por la ley o estamos fuera de ella, en esa
oscilación perpetua tan típica de la forma de gobierno actual:
“El estado de excepción es el
dispositivo que debe, en última instancia, articular y mantener reunidos los
dos aspectos de la máquina jurídica, mediante la institución de un umbral de
indecidibilidad entre anomia y nomos,
entre vida y derecho, entre auctoritas
y potestas.” (Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004,
125)
Vida y derecho se confrontan, porque este
espacio que funda el estado de excepción se convierte en un campo de lucha, en
el lugar en que se juega el destino de las sociedades a través de la política,
que en su ejercicio declara su adhesión a la ley pero que en su práctica la
ignora:
“El objetivo de esta indagación –en la
urgencia del estado de excepción “en que vivimos”- era poner de manifiesto la
ficción que gobierna este arcanum imperii por excelencia de nuestro tiempo. Y
lo que el “arca” del poder contiene en su centro es el estado de excepción;
pero este es esencialmente un espacio vacío, en el que una acción humana sin
relación con el derecho tiene frente a sí una norma sin relación con la vida. “ (Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II,
1 2004, 125)
Como hemos presenciado en este ya largo siglo
XXI, las interminables guerras están entrampadas entre las acciones que rebasan
cualquier límite y se imponen por la lógica de la fuerza sin más y su
contrapartida, el eterno juego de los organismos internacionales y de los
estados por justificar legalmente sus acciones: “El aspecto normativo del derecho puede ser
así impunemente cancelado y contrariado por una violencia gubernamental –ignorando
en el exterior el derecho internacional y produciendo en el interior un estado
de excepción permanente- pretende, no obstante seguir aplicando todavía el
derecho.” (Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004, 126)
La conclusión que extrae Agamben es en gran
medida trágica: Estado y derecho han roto su vínculo y no se puede resolver
mediante ningún mecanismo, porque cualquier acción solo profundiza su ruptura
con la norma y porque el derecho está contaminado por los hechos que ya le son
exteriores:
“Del estado de
excepción efectivo que vivimos no es posible volver al Estado de Derecho,
porque los conceptos mismos de “Estado”
y “derecho” están ahora en
entredicho. Pero si es posible intentar detener la máquina y poner de
manifiesto su función central, es porque entre violencia y derecho, entre la
vida y la norma, no hay una articulación sustancial.” (Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004,
126)
Incluso habría que afirmar que Estado y
democracia ya no pueden ir juntos, porque la existencia del Estado implica la
negación de la democracia; y la posibilidad de la democracia, tiene que
comenzar con la desaparición del Estado.
Se insiste, entonces, que el espacio del
quehacer político, que el dominio de lo político siempre tiene que ver con la
vida y el derecho; con una vida que no puede estar contenida en el derecho y
por un derecho que le da la espalda a la vida. La política vendría a ser el
esfuerzo desesperado o inútil de resolver esta oposición exclusión-inclusión,
dentro-fuera, que en el marco de Occidente, carece de resolución: “Mostrar el
derecho en su no-relación con la vida y
la vida en su no-relación con el derecho significa abrir entre uno y otra un espacio
para esa acción humana, que un tiempo reclamaba para sí el nombre de “política”.
(Agamben, Estado de excepción. Homo sacer II, 1 2004, 127)
Agamben,
Giorgio. Estado de excepción. Homo sacer II, 1. Valencia: Pre-Textos,
2004.
—. Homo sacer. El poder soberano y la nuda vida.
Valencia: Pre-Textos, 1998.
lunes, 18 de mayo de 2015
AGAMBEN, PROYECTO HOMO SACER. UNA INTRODUCCIÓN.
GIORGIO AGAMBEN.
UNA
INTRODUCCIÓN AL PROYECTO HOMO SACER.
Al parecer
Homo Sacer está completo y su secuencia es:
Homo sacer: el poder soberano y la nuda vida,
I, 1, 1995.
Estado de excepción, Homo sacer II, 1, 2003.
El reino y la gloria, Por una genealogía
teológica de la economía y del gobierno, Homo sacer, II, 2, 2007.
Stasis, Homo sacer II, 2, 2015. (Basado en una
conferencia del 2001 en Princeton.)
El sacramento del lenguaje, Arqueología del
juramento, Homo sacer II, 3, 2008.
Opus dei, Homo Sacer II, 5, 2012.
Lo que queda de Auschwitz, El archivo y el
testigo, Homo sacer III, 1998.
Altísima pobreza, Regla monástica y forma de
vida, Homo sacer, IV, 1, 2011.
El uso del cuerpo, Homo sacer IV, 2, 2014.
INTRODUCCIÓN.
La idea de esta introducción al proyecto Homo
Sacer radica en realizar un recorrido breve por cada uno de los volúmenes que
la conforma, sin la pretensión de resumir su contenido. Se trata, más bien, de
mostrar algunos de los temas que me parecen centrales en cada tomo.
Este enfoque se dirige a resaltar aquellos
aspectos centrales de su pensamiento, pero, con igual fuerza, aquellos que
resultan actuales para la discusión de la realidad social y política, sobre
todo por sus consecuencias teóricas y prácticas.
Junto con estos aspectos, añadiré un comentario
crítico, a fin de proponer una recepción adecuada de su pensamiento que se
aleje tanto de aquellas posiciones que simplemente lo desechan, por ejemplo por
no tener un enfoque poscolonial, o en otras ocasiones, se lo aplica sin más a
determinadas situaciones.
En América Latina hemos vivido mucho de los uno
y de lo otro: de los rechazos que ahora tienden a volverse absolutos, con la
entrada de los fundamentalismos en la academia sobre todo de origen
norteamericano, o con las aceptaciones incondicionales, en donde se pone de
moda una nueva terminología que por sí sola explicaría mejor nuestra condición.
Sigo el recorrido sistemático de la obra,
aunque, como podrá verse, la serie ha sido escrita cronológicamente con
diversos saltos. No entro en la discusión sobre el grado de sistematicidad y de
coherencia de la obra, de cerca de una década, excepto para las últimas tesis
que quieren englobar todo lo dicho en los tomos anteriores.
No se hace referencia al resto de la vasta
producción de Agamben, porque las temáticas son de lo más diversas y porque
excedería los límites de esta introducción.
Hay dos tomos que aún no han sido traducidos al
español: Stasis y L´uso dei corpi. Los demás se consiguen
con facilidad en diferentes editoriales.
I.
Homo sacer: el poder soberano y la
nuda vida, I, 1, (1995)
1.1. La paradoja de la soberanía.
Este tomo, además de ser el inicio, es el
fundamento del proyecto entero, porque en él encontramos los problemas, los
debates, los callejones sin salida, de
su pensamiento. Aquí es en donde se encuentra gran parte de la terminología que
se desarrollará más adelante.
“La presente investigación se
refiere precisamente a ese punto oculto en que confluyen el modelo
jurídico-institucional y el modelo bio-político del poder. Uno de los posibles
resultados que arroja es, precisamente, que esos dos análisis no pueden separarse
y que las implicaciones de la nuda vida en la esfera política constituyen el
núcleo originario –aunque oculto- del poder soberano. Se puede decir, incluso, que la producción de un cuerpo biopolítico es
la aportación original del poder soberano.” (Agamben 1998, 15-16)
Se puede decir que a lo largo y ancho del
proyecto, y no solo de este libro, la cuestión será dilucidar qué es el poder
soberano, cómo actúa, cuáles son sus paradojas, cuáles son las continuidades,
más allá de la ruptura moderna, que vienen desde Grecia y Roma, y, al final,
cómo escapar de esas trampas de la soberanía, en una época de dominio salvaje
del capital y del fracaso del proyecto socialista.
¿Cuál es la paradoja del poder soberano que
articula el ejercicio de la política en Occidente? El poder soberano, tal como
está dispuesto, se coloca en esa paradoja de reconocer que todo pertenece a la
ley y que él mismo tiene que someterse a ella; sin embargo, como poder soberano
tiene la potestad de suspenderla, de colocarse fuera de ella:
“…el soberano, al tener el poder
legal de suspender la validez de la ley, se sitúa legalmente fuera de ella. Y
esto significa que la paradoja de la soberanía puede formularse también de esta
forma: “La ley está fuera de sí misma”, o bien: “Yo, el soberano, que estoy fuera
de la ley, declaro que no hay afuera de la ley” (Agamben 1998, 27)
Este es el dilema del poder constituyente que
origina y funda una constitución, como sucede en cualquier Asamblea Constituyente;
en este sentido está antes de la ley. Una vez dada la constitución regula la
Asamblea Constituyente que, otra vez, puede suspender la constitución. Esta
soberanía que está dentro y está fuera, se convierte en el modelo sobre el que
se levantan el conjunto de relaciones entre justicia y derecho, soberano y
pueblo, entre dentro y fuera en cualquier ámbito social.
Porque el ejercicio del poder significa la
capacidad de su suspensión, la posibilidad de decir: “en estos casos no se
aplica”: “La excepción soberana (como zona de indiferencia entre naturaleza y
derecho) es la presuposición de la referencia jurídica en la forma de
suspensión.“ (Agamben 1998, 34)
De este modo, se crea una zona de indiferencia,
que la veremos aparecer a lo largo y ancho de la obra de Agamben, aplicado a
los más diversos fenómenos. No se trata solamente de que no podamos distinguir
entre aquello que está dentro de la norma y lo que está fuera, sino que surge
ese espacio de indiferencia, de indistinción.
La lógica de inclusión-exclusión permea la
sociedad entera, se convierte en su eje, porque aquello que está fuera está
incluido –dentro- precisamente bajo la forma de exclusión; y, a su vez, aquello
que está incluido se contagia de la excepcionalidad, que ha colocado bajo un
gran signo de interrogación aquello que está bajo la ley:
“La excepción es lo que no puede ser
incluido en el todo al que pertenece y que no puede pertenecer al conjunto en
el que está siempre incluida. Lo que emerge de esta figura –límite- es la
crisis radical de toda posibilidad de distinguir entre pertenencia y exclusión,
entre lo que está fuera y lo que está dentro, entre excepción y norma.” (Agamben 1998, 39)
Resulta evidente que esta zona de indiferencia
le permite transitar al soberano entre derecho y violencia; unas veces, creando
la excepcionalidad que permite ejercer la violencia; otra veces, legalizando la
violencia, incluyendo lo que estaba excluido en el campo de la legalidad: “…el
soberano es el punto de indiferencia entre violencia y derecho, el umbral en
que la violencia se hace derecho y el derecho se hace violencia.” (Agamben 1998, 47)
Entonces, vivimos en una época en donde la
excepción se ha convertido en la norma, en lo cotidiano, en el modo de
existencia, en la forma de hacer política y por lo tanto, en la estructuración
de lo social:
“El estado de excepción no es, pues,
tanto una suspensión espacio-temporal, cuanto una figura topológica compleja,
en que no solo la excepción es la regla, sino que también el estado de
naturaleza y el derecho, el fuera y el dentro, transitan entre ellos. Y es
precisamente en esta región topológica de indistinción, que debía permanecer
oculta ante los ojos de la justicia, donde tenemos que tratar de fijar la
mirada.” (Agamben 1998, 54)
Estado de excepción que se presente ante
nosotros como “estado de naturaleza”, mientras el estado de naturaleza resulta
ser lo excepcional.
A modo de síntesis, se puede decir que el poder
soberano, que es tanto jurídico-institucional como biopolítico, existe bajo la
modalidad de la paradoja que estar sometido a la ley y al mismo tiempo, tener
la capacidad de suspender el ejercicio de la ley, de colocarse simultáneamente
dentro y fuera de la norma. Así la excepcionalidad de esta situación se
convierte en la existencia diaria del poder, que transita entre derecho y
violencia constantemente y más aún, termina por crear una zona de indistinción
entre derecho y violencia.
1.2. Homo sacer y campo de concentración.
Este concepto que da nombre al proyecto, es una
pieza central del sistema. Agamben piensa desde el homo sacer, que se convierte en su lugar de enunciación. No hay
dejar de lado este punto de partida si se quiere comprender a Agamben: ¿cómo
pensar después de Auschwitz?, ¿cómo reflexionar después de los campos de
concentración nazis?, ¿en qué medida el fascismo se cuela en las estructuras
del poder soberano de las democracias occidentales?
El homo sacer –el hombre sagrado- representa la
dualidad lo sagrado; por una parte, se le puede dar muerte sin cometer delito;
y por otra, esa vida sin más, esa nuda vida –que es el término de Agamben- es
el núcleo de lo sagrado.
Ese homo sacer romano encuentro su más trágica
expresión en los campos de concentración, en donde toda vida es sacrificada y,
simultáneamente, no hay vida más sagrada que la de esos prisioneros.
El poder soberano se erige sobre esta capacidad
de sacrificar lo no sacrificable: “Soberana
es la esfera en que se puede matar sin cometer homicidio y sin celebrar un
sacrificio; y sagrada, es decir, expuesta a que se le dé muerte, pero insacrificable, es la vida
que ha quedado prendida de esta esfera.”
(Agamben 1998, 109)
En el mundo actual, prácticamente en cualquier
lugar que se mire, el poder desnuda al pueblo de sus atributos, le reduce a
nuda vida, les coloca bajo la posibilidad de ser matados, como en los genocidios,
los campos de refugiados, las habitantes de las favelas, los estados
secuestrados por el narcotráfico, entre tantos terribles ejemplos.
Al final si hay política es porque “solo la
nuda vida es auténticamente política desde el punto de vista de la soberanía” (Agamben
1998, 138) ,
porque funda el derecho a castigar sin límite, a matar sin cometer homicidio, a
someter a la vida humana –biopolítica- reduciéndola a casi nada. ¿Qué otra cosa
le queda a un habitante de un campo de refugiados, que ha perdido todo, sino su
vida? Desgraciadamente todos los días se mata esta vida sagrada sin cometer
delito.
Ese lugar de indiferencia, en donde se puede
matar sin cometer delito sobre la vida sagrada, es el campo de concentración
que se ha llegado a ser “el paradigma biopolítico de lo moderno”, en donde democracia
y totalitarismo entran en un espacio de indistinción, de indiferencia.
Este campo tiende a extender al conjunto de la
sociedad: “…es más bien una línea movediza tras de la cual quedan situadas
zonas más y más amplias de la vida social, en las que el soberano entra en una
simbiosis cada vez más íntima no solo con el jurista, sino también con el
médico, con el científico, con el experto o con el sacerdote.” (Agamben 1998, 156)
Agamben define de este modo el campo: “El campo
es, así, pues la estructura en que el estado de excepción sobre la decisión de
implantar el cual se funda el poder soberano, se realiza normalmente.”
Y lo que es peor hecho y derecho se diluyen y
el poder soberano pasa del uno al otro incesantemente: “El campo de
concentración es un híbrido de derecho y de hecho, en el que los dos términos
se han hecho indiscernibles.” (Agamben 1998, 217) 217 Si el hecho funda el derecho,
estamos ante el surgimiento del fascismo, que razona sosteniendo que si el
poder soberano puede hacerlo, entonces está autorizado –legalmente- a hacerlo.
El derecho nazi legalizó la masacre después de que esta comenzó a darse en los
campos de concentración. Primero fueron los campos y luego el derecho que los
justificaba.
En la sociedad actual podemos decir que
encontramos estos embriones de fascismo en cualquier situación en donde el
hecho precede al derecho, en donde los términos entran en un proceso de
indistinción. También es lo que ha llevado a que democracia y totalitarismo se
confundan, de la mano de los estados y de las naciones.
Agamben, Giorgio. Homo sacer. El poder soberano y
la nuda vida. Valencia: Pre-Textos, 1998.
viernes, 15 de mayo de 2015
PEQUEÑOS REFUGIOS
Nueva obra de Isidro Luna, Pequeños refugios.
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domingo, 12 de abril de 2015
EL PÚBLICO Y LAS MÁQUINAS TEATRALES
1. Las
máquinas teatrales producen una diversidad de formas. En este sentido son
máquinas formales que, a su vez, conforman bloques que entran en conexiones
parciales unas con otras.
Máquinas que
son, ante todo, abstractas, en el sentido que sus mecanismos de acción son
principalmente imaginarios, en donde quedan implicada las sensaciones, la
sensibilidad y la imaginación.
2. Las máquinas
teatrales imaginan el mundo, en donde existe un público que también es
imaginario.
3 3. En
la medida en que son aparatos estructurados y procesuales, las máquinas
teatrales negocian constantemente entre el carácter dramático de la política
contemporánea y la teatralidad que está colocada allí en la escena.
Las máquinas se
grandes dispositivos mediadores, interfaces políticas y dramatúrgicas que ponen
en contacto al estado-teatro con la el teatro y viceversa.
3 4. Dramaturgia
política y dramaturgia teatral no se encuentran separadas. Se alimentan
mutuamente, se contradicen, se superponen, se confrontan. Así, en muchas
ocasiones, la máquina teatral solo es una continuación de la sociedad del
espectáculo político, con su misma banalidad, con un histrionismo fácil, con
sus gestos populistas que apelan a los niveles más bajos de conciencia de la
gente.
En este caso, el
espectáculo político se convierte en el modelo del espectáculo teatral, que
toma dicha dramaturgia para trasladarla al escenario. El espectador ve
únicamente la misma teatralidad estatal trasladada al teatro utilizando medios
dramatúrgicos. Se forma un continuo estado-teatro con el teatro, en donde este
último queda supeditado a las necesidades de reproducción del primero.
4 5. Un
gesto caníbal lleva a la dramaturgia teatral lejos del estado-teatro, del
político-actor, de las campañas electorales como construcción de personajes de
ficción. Y esto solo puede hacerse en la medida en que el teatro comience por
una crítica de sí mismo, por colocar un signo de interrogación en lo que hace.
El teatro se pregunta
por el sentido de hacer teatro en esta época en esta sociedad, porque ha dejado
de ser simplemente un arte más y sus discusiones dejan de estar exclusivamente
en la esfera literaria o cultural. Es la invasión del gesto dramático, incluida
la publicidad y el marketing, de lo político aquello que interroga al quehacer
teatral y que este no puede dejar de responder con sus propios medios; esto es,
imaginando un mundo en donde el teatro deje de estar secuestrado por el
estado-teatro.
6. El
primer cuestionamiento versa sobre la forma teatro, sobre la elección de una
teatralidad, sobre la comprensión de la función del teatro, como arte
minoritario y marginal, en nuestra sociedad. La forma teatro es la que tiene
que despegarse de la forma-estado. Es una ruptura similar a la que debería
darse entre estado y democracia. Una democracia insurgente que se dirige hacia
la destrucción del estado.
Un teatro que
quiebra hace estallar los puentes que lo conectan al estado, que lo ponen a su
servicio, que reproducen la conciencia más elemental de las masas, que traen el
público de la política a las salas de teatro.
7. El
teatro es la crítica de la teatralidad banalizada del mundo. La crítica se
inicia como cuestionamiento de la dramaturgia, en la medida en que esta sea una
continuidad de la teatralidad de la política del capitalismo tardío. En este
contexto se produce la relación entre las máquinas teatrales y el público.
8. El
público del teatro no existe. No hay un público que preceda a la obra.
9. El
público existente no le pertenece al teatro. Por el contrario, se le opone.
Allí afuera, o a la entrada de la sala, hay una masa a la cual se le ha
enseñado a mirar la dramaturgia política. Con esa mirada entra a ver una obra
de teatro. En las sociedades del espectáculo, el público es externo y extraño a
la obra.
10. El
estado, al secuestrar al teatro, convierte a la sociedad entera es un
escenario. El espectador también queda prisionero del estado.
1 11. Nuestras
sociedades funcionan como el estado-teatro balinés: “Las ceremonias estatales
del Bali clásico eran teatro metafísico, teatro designado para expresar una
visión sobre la naturaleza última de la realidad, y, al mismo tiempo, para
modelar las condiciones de vida existentes de tal manera que resultasen
consonantes con dicha realidad; es decir, teatro para presentar una ontología, y,
al presentarla, hacer que ocurra, convertirla en real.” (Geertz, Clifford, Negara. El Estado-teatro en el Bali del
siglo XIX, Ed. Paidós, Barcelona, 2000, p. 183.)
12. El
teatro en su forma crítica, dice en
voz alta y de manera explícita: “Esto es teatro. Esta no es la realidad, ni
siquiera su simulacro.” La máquina teatral estatal funciona solo si pasa por
real, si logra convencer a través del discurso del político-actor. Por eso, la
forma teatro no puede pretender expresar sin más lo real, mostrar lo real en su
desnudez. El teatro es una metonimia.
1 13.. Si
el público del teatro no existe, entonces el teatro tiene que crearlo. La obra
no solo construye personajes, argumentos, escenarios, sino que va más allá: el
teatro postula a su espectador.
Desde luego, hay
muchas maneras diversas de crear un público propio. Difícilmente una sola obra
puede lograrlo. Se necesita una corriente variada, múltiple, que vaya en esa
dirección. No hay una respuesta simple: “de este modos se crean los públicos.”
Además no se trata de un movimiento sociológico, por medio del cual el teatro
logre dotarse de un público. Es la elección de una dramaturgia. En nuestra
caso, la denominamos teatro caníbal.
1 14. De
la forma teatro se desprende un espectador tipo, que cabe idealmente en esta
obra, que inventa una mirada dramática para esta obra, aquí y ahora. Entonces,
cabe la pregunta por la relación entre el espectador-estatal –el público creado
por la máquina estatal- y el espectador tipo que la obra propone.
15. Cuando
el espectador-estatal entra en la sala se vuelcan sobre las expectativas quizás
desconocidas e inesperadas, que tratan de romper el secuestro, que no alcanzan
para emancipar al espectador. El teatro pone en obra sobre el escenario la
apropiación que hace el teatro de la dramaturgia.
16. También
cabe la posibilidad, lastimosamente demasiado frecuente, de que haya continuo
entre el espectador secuestrado y el espectador que la obra presupone. En este
caso, el teatro se ha convertido en una excrecencia de la máquina estatal.
17. Hay
que insistir en que la confrontación entre las teatralidades y los conflictos
entre los públicos se da en primer lugar a través de la forma. Lo que se dice,
lo que se representa, está supeditado a la máquina teatral que hayamos
construido.
1 Desde
la perspectiva del teatro caníbal, en el montaje de una obra se incluye una
reflexión y unos procedimientos de conformación del espectador. Cada obra es
una escuela del espectador.
18. Los
problemas derivados de la conformación de un público propio para una dramaturgia
no pueden resolver ni principal ni exclusivamente por la vía, la mayoría de
veces difícil y equívoca, de incorporar directamente al público en la obra, de
meterlo en el escenario, de hacerlo actuar. Esta es una vía experimental,
válida ciertamente, pero al final limitada y que evita confrontarse con la
cuestión central: el secuestro de la dramaturgia y del público por parte del
estado-teatro.
viernes, 27 de marzo de 2015
Entrevista a Isidro Luna sobre Teatro Caníbal
Entrevista a Isidro Luna sobre Teatro Caníbal por Santiago Rivadeneira, que analiza la teatrología caníbal, desde la Forma Teatro y desde las Máquinas Teatrales
miércoles, 11 de marzo de 2015
Estéticas caníbales Volumen II. Máquinas abstractas estéticas
El libro ESTÉTICAS CANÍBALES, VOLUMEN II, MÁQUINAS FORMALES ESTÉTICAS, se encuentra listo en su versión preliminar, previa a su edición y publicación.
Incluyo aquí el índice:
INTRODUCCIÓN GENERAL.
CAPÍTULO I. TEORÍA
GENERAL DE LA FORMA.
CAPÍTULO II. MÁQUINAS
ABSTRACTAS ESTÉTICAS.
CAPÍTULO III. ESTÉTICA
AMERINDIA.
CAPÍTULO IV. BAUDRILLARD
O EL REVERSO DE LA ESTÉTICA CANÍBAL.
BIBLIOGRAFÍA.
El link para descargarse es:
https://mega.co.nz/#!g1VmQRKC
clave: !gQhiE35Q6IgyrDnvWdq7JTcAWN1lSpEo5Gr9Rj2y6Ss
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